LA IMPORTANCIA DE CONOCER LA LEGISLACIÓN DE ALÉRGENOS
Normativa de alérgenos
Una gran parte de la población puede consumir una gran variedad de alimentos sin ningún problema, sin embargo cada día es mayor el número de personas que detectan una reacción diferente en el consumo de algún alimento: Las llamadas Alergias.
La mayoría de las alergias están asociadas a los siguientes alimentos: leche de vaca, huevos, soja, trigo, crustáceos, fruta, cacahuetes y frutos secos.
Por ello se ha decidido regular el uso de estos ingredientes cuando se incorporan a los alimentos. Existen normativas a nivel nacional y a nivel europeo que regulan y obligan el etiquetado de los alimentos que son conflictivos, que en la normativa de alergenos son los siguientes:
Cereales que contengan gluten: trigo, centeno, cebada, avena, espelta, kamut, híbridos y derivados.
Crustáceos y productos a base de crustáceos.
Huevos y productos a base de huevo.
Pescados y productos a base de pescados.
Cacahuetes y derivados.
Soja y productos a base de soja.
Leche y sus derivados.
Frutos secos con cáscara: nueces (de California, de Macadamia y de Australia), alfóncigos, almendras, anacardos, avellanas, pacanas y derivados.
Apio y derivados.
Mostaza y derivados.
Granos de sésamo y productos a base de granos de sésamo.
Dióxido de azufre y sulfitos.
Altramuces y productos a base de altramuces.
Moluscos y productos a base de moluscos.
Aunque esta lista está actualizada hasta la fecha, la Unión Europea puede modificarla o ampliarla si lo considera necesario, de modo que es recomendable estar informado y consultar la lista frecuentemente por posibles alteraciones.
Aún cuando no hay una obligación explícita sobre informar de posibles trazas o contaminación cruzada, si es muy recomendable hacerlo.
¿A quién afecta la legislación de alérgenos?
Estas normativas afectan a negocios de hostelería y restauración, como bares, restaurantes, food trucks, cafeterías… Minoristas como pastelerías, panaderías y cualquier establecimiento que venda productos de alimentación. Las empresas que abastezcan alimentos a centros como colegios, hoteles, hospitales, residencias o guarderías, también se verán afectadas y por último los propios comedores de estos centros. Incluso las máquinas expendedoras deberán cumplir estas normas.
¿Cómo informar sobre estos alérgenos?
Las normas no son claras en este punto, dejan libertad a los negocios para que lo indiquen como lo consideren más adecuado, utilizando folletos, carteles, pegatinas, indicaciones en el menú, etc. Siempre y cuando la información sea clara, fácil de encontrar, facilite el nombre exacto de los 14 alérgenos que se pueden encontrar y no puede suponer un gasto adicional al cliente.
En cuanto a los alimentos que se ven afectados por estas normas, son tanto los envasados como los no envasados.
Alérgenos: Alimentos envasados.
En los alimentos envasados los alérgenos deben aparecer en la lista de ingredientes y tienen que aparecer claramente diferenciados de los demás mediante un cambio en la tipografía, ya sea el color, el tipo de letra o el estilo. En caso de que el alimento no cuente con una lista de ingredientes, este deberá aparecer indicado de la siguiente manera: “Contiene” seguido del alérgeno en cuestión.
Existe una regulación en la normativa de alergenos sobre el tamaño mínimo que debe tener la fuente para que pueda ser claro y legible. Este tamaño está en consonancia con el del envoltorio.
El tamaño mínimo obligatorio es de 1,2 mm
Si la superficie máxima del producto es menor a 80 cm², se reduce a 0,9 mm
Si la superficie máxima del producto es menor a 25 cm², la información nutricional no es obligatoria.
Si la superficie máxima del producto es menor a 10 cm², ni la información nutricional ni la lista de ingredientes son necesarias.
Sin embargo la presencia de posibles alérgenos es necesario indicarlo siempre, sin importar el tamaño del paquete, así como el nombre del alimento, la cantidad neta y la fecha de duración mínima .
Alérgenos: Alimentos no envasados.
En los alimentos no envasados, pese a ser obligatorio no aparece regulado como deben aparecer informado y se deja en manos de los EEMM hacerlo.
Si no se cumple la legislación sobre alérgenos…
Si, hay consecuencias. Las sanciones por incumplir la normativa pueden ir desde 5.000€ hasta 600.000€. En caso de que la infracción se catalogue como muy grave las autoridades pueden resolverlo con el cierre del establecimiento, siendo 5 años el máximo para esta sanción.